Personas que intervienen en la formación de las partidas del registro civil

Las Personas que intervienen en la formación de las partidas del registro civil son: Los funcionarios públicos, las partes, los declarantes, y los testigos.

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      B  Y      E. QUISBERT

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Las Personas que intervienen en la formación de las partidas del registro civil son:

  • Los Funcionarios públicos.
  • Las partes.
  • Los declarantes.
  • Los testigos.

Los Funcionarios públicos

Los Funcionarios públicos son personas nombradas por autoridad competente que ejercen jurisdicción y competencia para verificar, registrar y certificar el estado civil de las personas.

La persona nombrada por autoridad se denomina: Oficial de Registro Civil (ORC).

Son considerados también así, los cónsules y los capitanes de nave. Los cónsules, o representantes diplomáticos en el exterior que hacen de tales en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección del Registro Civil.

Los capitanes de naves aeronáuticas, náuticas o militares en época de guerra. Hacen de ORC con obligación de comunicar cuando llegue a territorio nacional.

Las partes

Las partes son las personas naturales A LAS que se refiere la partida o registro. El recién nacido en el registro de nacimientos. Los contrayentes en el matrimonio, el occiso o difunto en la partida de defunción. Son los verdaderos interesados.

Los declarantes

Los declarantes son personas naturales que dan aviso, parte o comunicación sobre un hecho o acto de la vida del ser humano AL funcionario publico. Son llamados también comparecientes.

Declarantes serán los padres el nacimiento, serán los contrayentes o apoderado de cualquiera de ellos en el matrimonio. En la partida de defunción los declarantes serán los herederos o cualquier otra persona que tenga interés en el registro.

En otros países, en el caso de nacimiento o defunción, el declarante es el representante jerárquico mas alto de la institución hospitalaria, que debe dar parte del hecho ocurrido al funcionario publico. En Bolivia no es obligatorio dar parte del hecho acaecido.

Los testigos instrumentales

Los testigos instrumentales son las personas naturales que PRESENCIAN la declaración, celebración y otorgamiento del documento de inscripción en la registro. NO SON las personas que han presenciado el nacimiento o la muerte. En Bolivia se necesitan dos testigos instrumentales.

Cómo citar este APUNTEJURIDICO®:

QUISBERT, E., "Personas que intervienen en la formación de las partidas del registro civil", 2011, http://jorgemachicado.blogspot.com/2011/04/pifrc.html Consulta:

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